Inicio / Áreas de actividad / Derecho penitenciario
Área 16

Derecho penitenciario

Clasificación en grados y progresiones, permisos de salida, tercer grado y régimen abierto, libertad condicional, traslados, régimen de vida y cancelación de antecedentes penales. El despacho trabaja desde Barcelona con los juzgados de vigilancia penitenciaria y los centros de Cataluña.

En esta página

Si le han citado

Las primeras actuaciones son determinantes en este tipo de procedimientos. Hable directamente con Pablo Luna — atención personal, confidencial 24 horas y disponible en toda España.

Qué es el derecho penitenciario

Es la rama del derecho que regula la ejecución de las penas privativas de libertad: la clasificación en grados, los permisos de salida, el régimen de vida en el centro, la libertad condicional y los beneficios penitenciarios. Una defensa activa en esta fase puede acortar de forma muy significativa el tiempo efectivo en prisión.

Pablo Luna Abogados asume la defensa penitenciaria integral: solicitudes, quejas y recursos ante los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, y acompañamiento constante a la familia.

Cuéntenos su situación con total confidencialidad y le indicaremos, sin compromiso, la mejor estrategia a seguir.

Tipos de delito

Clasificación en grados y progresiones
Recursos contra clasificaciones iniciales injustas y solicitudes de progresión a segundo y tercer grado en cuanto se cumplen los requisitos.
Preparación y defensa de solicitudes de permisos ordinarios y extraordinarios, recurriendo las denegaciones ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.
Estrategia para alcanzar el régimen abierto lo antes posible, incluido el tercer grado por enfermedad o edad avanzada.
Solicitud y defensa de la libertad condicional y de la suspensión de la ejecución de la pena en todas sus modalidades.
Solicitudes de traslado de centro por arraigo familiar y quejas frente a sanciones y restricciones de régimen injustificadas.
Tramitación de la cancelación de antecedentes penales y policiales una vez cumplidos los plazos legales, requisito clave para rehacer la vida laboral.
Escríbanos para cualquier otro caso.

Cómo se defiende

Las decisiones que importan se toman primero dentro del centro. La junta de tratamiento propone la clasificación, los permisos y las progresiones, y la administración las resuelve. Por eso el trabajo empieza allí: comprobar qué dice el protocolo de clasificación, qué programas ha realizado el interno, si consta oferta de trabajo o plaza en un recurso de acogida, si se está atendiendo la responsabilidad civil y cómo valora el equipo técnico el riesgo de quebrantamiento. Un informe desfavorable rara vez se rebate con argumentos generales; se rebate aportando documentación que corrija el dato concreto en que se apoya.

Cuando la denegación llega, se recurre ante el juzgado de vigilancia penitenciaria, y contra su decisión cabe apelación ante el tribunal sentenciador. Son plazos cortos y conviene no dejarlos pasar, porque la vía de queja posterior tiene menos recorrido. En paralelo se prepara la siguiente propuesta de la junta, que suele revisarse cada pocos meses: casi nunca se gana un permiso en el primer intento, sino después de acreditar una evolución sostenida. La familia tiene aquí un papel real, aportando el domicilio de disfrute, los ingresos y el compromiso de acompañamiento.

Preguntas frecuentes

A mi familiar le deniegan el permiso una y otra vez, ¿se puede hacer algo?

Sí. Cada denegación debe estar motivada, y esa motivación es lo que se combate. Si se apoya en el momento de cumplimiento, en la falta de arraigo o en un programa de tratamiento incompleto, el recurso ante el juzgado de vigilancia penitenciaria tiene que ir acompañado de prueba que corrija ese punto: empadronamiento del domicilio de disfrute, informe de la entidad que acogería la salida, certificados de los cursos realizados. Conviene además revisar si la junta valoró todos los informes disponibles.

Depende de la evolución y de la parte de condena cumplida, no solo del tiempo transcurrido. La junta de tratamiento revisa la clasificación de forma periódica y valora el delito cometido, la actitud ante la responsabilidad civil, el consumo de sustancias si lo hubo y la existencia de un medio exterior estable donde pernoctar y trabajar. Preparar esa documentación antes de la revisión cambia más el resultado que recurrir después. En algunos delitos la ley exige haber cumplido un tramo mayor de la pena.

La cancelación no es automática en la práctica: se solicita al Registro Central de Penados una vez extinguida la responsabilidad penal y transcurrido el plazo que corresponde según la gravedad de la pena, siempre que no se haya vuelto a delinquir. Hasta entonces los antecedentes constan y pueden impedir la suspensión de una condena posterior o el acceso a determinados empleos y permisos de residencia. Es un trámite sencillo que muchas personas descubren tarde, cuando ya les ha perjudicado.

Publicaciones

Abrir chat
Pablo Luna Abogado
Escríbeme sin compromiso